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Indemnizaciones laborales: el Gobierno postergó la entrada en vigencia del FAL

El régimen de Fondos de Asistencia Laboral, que debía comenzar a regir el 1° de noviembre, fue postergado hasta el 1° de diciembre.

Un operario realiza tareas de mantenimiento. (Agencia Xinhua)

El Gobierno nacional prorrogó hasta el 1° de diciembre de 2026 la entrada en vigencia de los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), creados por la Ley de Modernización Laboral para el pago de indemnizaciones, y extendió de seis a doce meses el período de carencia antes de que esos instrumentos deban afrontar las obligaciones previstas por el régimen.

La decisión quedó establecida en un decreto publicado en el Boletín Oficial, que modifica dos artículos del Decreto 408/2026, reglamentario del sistema. La medida busca dar más tiempo para completar los procedimientos operativos, adecuar los sistemas informáticos y permitir que los fondos acumulen recursos suficientes para atender las obligaciones laborales contempladas en la normativa.

Los FAL fueron creados para cubrir determinadas obligaciones derivadas de la extinción de las relaciones laborales. Según los fundamentos del decreto, su implementación requiere la participación coordinada de distintos organismos públicos, entidades del mercado de capitales y proveedores de servicios tecnológicos, además de la adaptación de los mecanismos para administrar e invertir los recursos.

El régimen debía entrar en vigencia el 1° de junio de 2026, pero el Gobierno ya había postergado su implementación hasta el 1° de noviembre. Con la nueva disposición, la fecha se traslada un mes más, hasta el 1° de diciembre.

La norma también amplía de seis a doce períodos mensuales completos y consecutivos el plazo de carencia. El cómputo comenzará en el mes calendario en que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) registre la integración efectiva de la primera contribución del empleador al fondo correspondiente.

De acuerdo con los considerandos, la extensión responde a los planteos de entidades del sector, entre ellas la Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión (CAFCI), la Cámara Argentina de Fideicomisos y Fondos de Inversión Directa en Actividades Productivas (CAFIDAP) y la Cámara de Agentes de Bolsa (CADAB), que solicitaron más tiempo para poner en marcha el sistema y ampliar el período inicial de acumulación de recursos.

El decreto sostiene que el plazo original de seis meses resultaba insuficiente para conformar un patrimonio inicial que permitiera atender las obligaciones potenciales del régimen. Por eso, la extensión busca favorecer la correspondencia entre los recursos acumulados y los compromisos que los fondos deberán cubrir.

El régimen alcanza a los empleadores del sector privado, con las exclusiones previstas en la Ley 27.802. Las relaciones laborales del sector público nacional, provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipal quedan fuera de su alcance, conforme a las definiciones establecidas en la normativa.

El sistema se financiará con una contribución mensual de los empleadores, calculada sobre las remuneraciones que se toman como base para las contribuciones patronales. Las micro, pequeñas y medianas empresas aportarán el 2,5%, mientras que el resto de las compañías privadas deberá integrar el 1%. ARCA derivará esos recursos a una cuenta vinculada con el FAL elegido por cada empleador. El dinero tendrá como destino contribuir al pago de indemnizaciones y otras obligaciones derivadas de la finalización de una relación laboral.

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Fuente: Agencia DIB

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